miércoles, 18 de mayo de 2016

"JUEZ FEDERAL ABSUELVE a "CONDENADO EX-DIPUTADO" y lo LIBRA de 44 AÑOS de PRISION por SECUESTRO y DELINCUENCIA ORGANIZADA".


Después de dos reposiciones del procedimiento, un juez federal absolvió y ordenó la libertad de Manuel Sánchez Rosendo, el ex diputado local y ex Alcalde de Olinalá, Guerrero, quien había sido condenado a más de 44 años de prisión por delincuencia organizada y secuestro.

Eutimio Ordóñez Gutiérrez, Juez Sexto de Distrito en Procesos Penales Federales de Toluca determinó que no había evidencias plenas de los delitos imputados, razón por la que el ex Edil abandonó el Penal Federal del Altiplano, donde estuvo preso desde 2004.

Sánchez Rosendo fue acusado por la PGR de encabezar una banda de plagiarios que en su momento fue denominada "Los Ayutlas", a la cual se le atribuyeron seis plagios, uno de ellos el de un menor de edad liberado el 12 de marzo de 2004 en el hotel El Coral, de Olinalá.
Al ex diputado y ex Edil, en particular, le atribuyeron en el expediente ordenar el secuestro de dos personas, en 2001 y 2003, respectivamente, en Tlapa, Guerrero.

Su implicación en los plagios derivó de los testimonios de tres personas, entre ellos su chofer Isidro Lozano Díaz.

En abril de 2009 el juzgado halló culpable a Sánchez Rosendo de los dos delitos imputados y lo condenó a 44 años, ocho meses, 15 días de prisión y una multa por 644 mil 255 pesos, así como la inhabilitación por 16 años para ocupar cualquier cargo público.

El inculpado apeló el fallo y logró una reposición que obligó al juzgado a emitir una nueva sentencia, misma que se dictó el 6 de septiembre de 2011 y fue de 30 años con 10 meses y 18 días de prisión.

La reducción de la condena volvió a ser impugnada por el ex Alcalde y el 29 de enero de 2013 el Primer Tribunal Unitario de Toluca ordenó reponer de nueva cuenta el procedimiento y emitir por tercera vez la sentencia de primera instancia.

El argumento del tribunal fue que la condena por secuestro contra Sánchez Rosendo se dictó con base en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y no en el Código Penal de Guerrero, entidad donde ocurrieron los hechos.

Pero también se estableció que los tres testimonios que implicaban al ex Edil en los dos plagios, eran de "oídas" y no les constaban a los declarantes.

A principios del presente mes, el juez dictaminó que, al desconsiderar los testimonios de cargo, no había más prueba en contra de Sánchez Rosendo, y por tanto debía ser absuelto de responsabilidad.

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