viernes, 13 de octubre de 2017

"ESO y SI los DETIENEN",NUEVA LEY CASTIGARA de 40 a 60 AÑ0S a QUIEN DESAPAREZCA a un "CRISTIANO"...empeorara si es la autoridad.

Con 361 votos a favor, 0 en contra y cero abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta que el Senado de la República envió el último día de sesiones, en abril pasado, la nueva Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Asimismo, la turnó al titular del Poder Ejecutivo, Enrique Peña Nieto, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a fin de que se asignen los recursos necesarios para poder operarla, y que a ellos se les permita participar en su implementación.
Según lo aprobado por los legisladores que integran la Cámara baja, los sujetos que incurran en este delito serán acreedores a una pena de 40 a 60 años de prisión, y de 10 mil a 20 mil días de multa, la cual se puede aumentar hasta el doble, cuando la víctima pierda la vida, sea migrante, menor de edad, mujer, persona con discapacidad, adulto mayor, periodista o defensor de derechos humanos.
La minuta de lo aprobado reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, para armonizar dichos ordenamientos con la nueva legislación, principalmente, en lo concerniente a las sanciones por el delito de desaparición forzada y el tratamiento de cadáveres de personas no identificadas.
Con lo aprobado se crean también el Sistema Nacional de Búsqueda de personas, la Comisión Nacional de Búsqueda, un Consejo Ciudadano, así como el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
Por otra parte, entre lo aprobado por los diputados federales está la investigación de los delitos a través de una Fiscalía Especializada, adscrita a la Procuraduría General de la República (PGR) y a las procuradurías locales, a fin de tener autoridades especializadas.
Además, establece la distribución de competencias y la coordinación entre autoridades de los distintos órdenes de gobierno, para combatir el crimen, e incrementa las penas para quienes cometan este delito, por ejemplo, en la desaparición forzada cometida por particulares se impondrá pena de 25 a 50 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa.

NOTA RELACIONADA:

Madres de jóvenes desaparecidos e integrantes del movimiento Nuestros Desaparecidos en México, quienes acudieron a la sesión de ayer jueves en San Lázaro, expresaron en una conferencia de prensa, que la nueva Ley será una herramienta para enfrentar lo que denominaron es una crisis de desapariciones e impunidad en el país.
Fuente.-

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