martes, 28 de marzo de 2017

JUSTICIA FEDERAL "AMPARÓ" a INTEGRANTE de los "PORKY'S" y ORDENA LIBERARLO...dicen reparar injusticias sin crear justicia.


El Poder Judicial Federal otorgó un amparo a Diego Gabriel Cruz Alonso, uno de Los Porkys de Costa de Oro acusado del delito de pederastia, por lo que deberá ser puesto en libertad por vicios en el procedimiento.
Anuar González Hemadi, el juez tercero de Distrito del estado de Veracruz, otorgó el amparo al joven acusado al resolver el juicio de amparo número 159/2017, en donde el juzgador determinó que el delito de pederastia que se le imputó no quedó fehacientemente demostrado, por lo cual debe quedar en libertad de manera inmediata.
Aunque la sentencia admite recurso de revisión, con la ley de amparo en vigor el juicio debe seguir con el detenido en libertad, aún y cuando se impugne la revisión. Diego Gabriel había sido aprehendido en junio pasado en Madrid.
La agresión denunciada por la menor de 17 años ocurrió en enero de 2015, en la zona turística de Veracruz-Boca del Río; sin embargo, la denuncia se presentó hasta marzo y se hizo público hasta enero del 2016.
En el caso también están involucrados hijos de funcionarios y empresarios, como Enrique Capitaine, arrestado en mayo pasado en Torreón, Coahuila. El tercer acusado, Jorge Cotaita, aún se encuentra prófugo de la justicia.
La sentencia en favor de Cruz Alonso dicta que al “tenor de los medios de prueba existentes, no se encuentra acreditada la totalidad de los elementos del delito de pederastia que se atribuye al quejoso”.
Tampoco “se encuentra demostrado fehacientemente el abuso sexual de dicha menor a que alude la figura delictiva”, lo que impide declarar constitucionalmente el auto de formal prisión del 23 de enero del 2017.
Asimismo, el juez estableció que el delito de carácter sexual consiste en una acción dolosa con sentido lascivo que se ejecuta sobre el sujeto pasivo, no obstante, “un roce o frotamiento incidental no serían considerados como actos sexuales, de no presentarse el elemento intencional de satisfacer un deseo sexual a costas del pasivo”.
Además, el juez González Hemadi  encontró contradicciones entre los testigos, ya que la mayoría de ellos no atestiguó lo ocurrido en el automóvil y en la casa donde presuntamente ocurrió el ataque sexual.
“Toda vez que la autoridad investigadora no aportó medios probatorios de los que se desprendan la totalidad de los elementos del delito de análisis, se encuentra ante la insuficiencia de pruebas, por lo que se concluye no se acredita el primer y último de los elementos del ilícito de pederastia, esto es el abuso sexual y la indefensión de la víctima””, expuso el juez tercero de Distrito del estado de Veracruz.
Consideró que cuando hay insuficiencia de prueba, “puede apreciarse una posibilidad de que el señalado como autor no fuese el responsable del delito”.
Con información de: informador

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