sábado, 24 de septiembre de 2016

!!! MATO a HIJASTRA de 4 AÑOS,lo DEJAN LIBRE POR ERROR del MINISTERIO PUBLICO !!!...un sistema de "Justicia" supeditado a la "discapacidad" de quienes lo imparten.



Un joven acusado de asesinar a golpes a su hijastra de 4 años fue absuelto porque el Ministerio Público no pudo demostrar la responsabilidad del acusado.

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Un Juzgado Oral Penal Colegiado determinó que la Fiscalía falló en probar los aspectos básicos de la acusación contra Irving Adrián Cuevas Carreón, de 18 años.

Al no probar la acusación, el joven recuperó su libertad, y la muerte de la niña Brithany, de 4 años, quedó impune.

Este caso se suma a los cuestionamientos que se han hecho sobre el trabajo del Ministerio Público en los juicios orales.

Ángel Mario García Guerra, Magistrado de la Duodécima Sala Penal, cuestionó la forma en que la Fiscalía Anticorrupción presentó la apelación contra la absolución del ex Gobernador Rodrigo Medina por dos de los tres delitos que le imputaba el Estado por los incentivos otorgados a Kia.

En la resolución por el homicidio de la niña, las tres juezas que forman el Juzgado Oral Penal Colegiado determinaron que a los testigos no les constaba la supuesta agresión contra la niña, y que los peritajes tampoco acreditaban la responsabilidad del acusado.

Los hechos fueron reportados el 14 de octubre del 2015 en una casa de la calle Propano, en Fomerrey 106.

La autopsia reveló que la menor falleció a causa de golpes.

Durante la investigación, Cuevas Carreón alegó que la menor se golpeó al caer accidentalmente cuando se estaba bañando.

Sin embargo, el Ministerio Público lo acusó de haber golpeado a Brithany y a su hermano de 5 años.

Durante el juicio comparecieron los papás de Brithany, los psicólogos que entrevistaron al hermano de la víctima, una vecina de la familia, el médico que atendió a la niña y un maestro de ésta.

Una fuente dijo que aunque el niño de 5 años sería el único testigo de los hechos, la Fiscalía no lo aportó como prueba en el juicio.

Las juzgadoras determinaron que, con las pruebas desahogadas, el Ministerio Público no comprobó el modo y el lugar en que se cometió el homicidio, por lo que se debería de absolver a Cuevas Carreón del delito de homicidio calificado.
fuente.-

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